Se notifica que Point of Departure LLC, 425 Chrisman Mill Rd., Christiansburg, Virginia 24073, presentó una solicitud para modificar su certificado actual de conveniencia y necesidad pública. El certificado enmendado autorizaría el transporte de pasajeros como Transportista Común por Rutas Irregulares, proporcionando servicio en las áreas de servicio actuales: Ciudades de Bristol, Buena Vista, Charlottesville, Hampton, Lexington, Newport News, Norfolk, Radford, Richmond, Roanoke, Salem, Staunton, Virginia Beach, Waynesboro y Williamsburg, Virginia, y los condados de Albemarle, Augusta, Botetourt, Fluvanna, Goochland, Hanover, Henrico, James City, Louisa, Montgomery, New Kent, Pulaski, Roanoke, Rockbridge, Smyth, Washington y Wythe, Virginia; y en las áreas adicionales propuestas: ciudades de Alexandria, Fairfax, Falls Church, Galax, Harrisonburg, Manassas, Manassas Park y Winchester; y los condados de Arlington, Bath, Carroll, Fairfax, Fauquier, Frederick, Loudoun, Prince William, Rockingham, Shenandoah y Warren, Virginia.
Cualquier persona que desee protestar la solicitud y ser parte en el asunto debe presentar una solicitud por escrito firmada y fechada que establezca (1) una declaración precisa del interés de la parte y cómo la parte podría verse agraviada si se concede la solicitud; (2) una declaración completa y clara de los hechos que la persona está dispuesta a proporcionar mediante pruebas competentes;3) una declaración de la reparación específica solicitada;4) el nombre del solicitante y el número de asunto asignado a la solicitud; y (5) una certificación de que se envió una copia de la protesta al solicitante. El número de caso asignado a esta solicitud es MC2500823BW.
Las protestas por escrito deben enviar por correo a DMV Motor Carrier Services, Attn: Operating Authority, P. O. Box 27412, Richmond, VA 23269-0001 y deben tener matasellos a partir de antes del 6de enero de 2026.
Cualquier protesta presentada con evidencia competente será considerada cuidadosamente por el DMV, sin embargo, el DMV tendrá total discreción en cuanto a si se justifica una audiencia en función de los méritos de la protesta presentada.