No. Sin embargo, se requiere que proporcione prueba de la dirección que proporcionó en el formulario de Solicitud de Certificado de Título y Registro del DMV ( VSA 17A).
Sí.
Si usted es un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas estacionado en Virginia, usted, su cónyuge e hijos dependientes pueden conducir con una licencia de conducir válida emitida por su estado o país de origen. No es necesario que obtenga una licencia de conducir de Virginia. Sin embargo, si decide solicitar una licencia de conducir de Virginia, consulte la página web del DMV. Guía Militar (anteriormente titulada Guía para Miembros de las Fuerzas Armadas) para obtener más información sobre los documentos necesarios.
Normalmente, se acepta un contrato de arrendamiento o hipoteca original, o una factura de electricidad, cable o teléfono, que incluya su dirección física. Estos documentos no se pueden generar desde la computadora de su hogar.
Todo el mundo está obligado a pagar el Impuesto sobre las ventas y el uso Al comprar un vehículo. Sin embargo, el impuesto sobre las ventas no se aplica si se cumplen estas condiciones:
- El vehículo se registra por primera vez en Virginia.
- El solicitante tiene un título o registro válido emitido a él / ella por otro estado o una rama de las Fuerzas Armadas de los EE. UU.
- El solicitante ha sido propietario del vehículo durante más de 12 meses o proporciona evidencia de un impuesto sobre las ventas pagado a otro estado.
Cualquier persona que sea militar en servicio activo está exenta de impuestos si su residencia legal o domicilio está fuera de Virginia, de conformidad con la Ley de Ayuda Civil para Miembros del Servicio Federal. Si el cónyuge de un militar en servicio activo no es residente de Virginia y tiene el mismo domicilio que la persona en servicio militar activo, entonces el cónyuge está exento de impuestos. El vehículo puede estar registrado a nombre del militar en servicio activo o del cónyuge del militar en servicio activo, individualmente o a ambos nombres, conjuntamente. Si el vehículo es propiedad conjunta con cualquier persona que no sea el militar en servicio activo y/o su cónyuge y el copropietario no está en servicio militar activo, el vehículo está sujeto a impuestos. Los impuestos a la propiedad son administrados por las localidades, no por el DMV. Póngase en contacto con su localidad para obtener más información.
Dependiendo de su ubicación, es posible que deba pagar una tarifa de licencia, que a veces se denomina "calcomanías" del condado o la ciudad. Las tarifas de licencia de la ciudad y el condado son manejadas por las localidades, no por el DMV. Póngase en contacto con su localidad para obtener más información.
Sí, incluso si está desplegado fuera de Virginia, debe notificar al DMV sobre las cancelaciones de seguros y la desactivación de etiquetas y placas. Si sus placas aún son válidas, deben ser entregadas al DMV. Visite Ciudad de Virginia Beach: Exenciones y descuentos en la matrícula de vehículos para obtener más información sobre las exenciones para la ciudad de Virginia Beach.
Si usted es miembro del ejército o dependiente, puede ser elegible para una extensión. La prórroga sólo podrá conceder si el militar o dependiente está destinado fuera de Virginia, en una jurisdicción que no ofrezca una clínica aprobada de ocho horas para mejorar la conducción. La persona militar o dependiente debe proporcionar una copia de los documentos militares que indiquen el estatus militar, la estación asignada y la fecha de regreso a Virginia. La fecha de finalización de la clínica puede extender a 90 días luego de la fecha de regreso. Para obtener una extensión, faxee la solicitud y los documentos militares al Centro de Trabajo de Procesamiento de Condenas al (804) 367-6211 o al (804) 367-6694. Visita Clínicas de Mejoramiento del Conductor para obtener más información.