Los vehículos que califican para las tarifas de registro prorrateadas incluyen vehículos que:
- Viajar en dos o más jurisdicciones del IRP (incluida Virginia).
- Se utilizan para el transporte de personas o bienes.
- Tener un peso bruto vehicular registrado o un peso real superior a 26,000 libras (vehículo de transporte de propiedad).
- Son una unidad de potencia con tres (3) o más ejes independientemente del peso, incluidos los autobuses.
- Se utilizan en combinación y el peso real de la combinación supera las 26000 libras.
Vehículos exentos
Los vehículos que están exentos del registro IRP incluyen:
- Vehículos de propiedad del gobierno
- Remolques y semirremolques
- Vehículos que exhiben placas restringidas, como placas de equipo, concesionario o granja.
- Vehículos recreativos, como casas rodantes, que no se utilizan en relación con un negocio.