El programa de Registro Unificado de Transportistas (UCR) se aplica a todos los siguientes que deben registrarse en el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT):
- Autotransportistas de bienes, tanto de alquiler como privados, incluidos los transportistas exentos
- Autotransportistas de pasajeros de alquiler (los transportistas privados de pasajeros no están sujetos a UCR)
- Transitarios
- Corredores y
- Empresas de arrendamiento que alquilan vehículos sin conductor a autotransportistas interestatales o agentes de carga
Los números USDOT son necesarios para procesar su registro en UCR. Si no conoce su información del USDOT o necesita obtener un número del USDOT, comuníquese con la FMCSA.
Definiciones de clasificación
Vehículo motorizado comercial - (como se define en 49 Sección 31101de USC) un vehículo autopropulsado o remolcado utilizado en las carreteras en el comercio principalmente para transportar pasajeros o carga, si el vehículo: (1) Tiene una clasificación de peso bruto vehicular o peso bruto vehicular de al menos 10,001 libras, el que sea mayor; (2) Está diseñado para transportar más de 10 pasajeros, incluido el conductor; o (3) Se utiliza en el transporte de material que el Secretario de Transporte considera peligroso según la sección 5103 de este título y se transporta en una cantidad que requiere letreros según las regulaciones prescritas por el Secretario en la sección 5103.
Autotransportista - una persona que proporciona transporte de vehículos motorizados a cambio de una compensación.
Autotransportista privado - una persona que proporciona transporte interestatal de propiedad para respaldar su línea principal de negocios.
Compañía de arrendamiento : una persona o empresa dedicada al negocio de arrendamiento o alquiler de vehículos motorizados de compensación que posee sin conductores a un transportista, transportista privado o agente de carga.
Para estas clasificaciones a continuación, ahora se requiere un número USDOT para procesar su registro UCR. Si no conoce su información del USDOT o necesita obtener un número del USDOT, comuníquese con la FMCSA.
Corredor : una persona, que no sea un autotransportista, que vende o organiza el transporte por parte de un autotransportista a cambio de una compensación.
Agente de carga : una persona que organiza el transporte por camión de carga que pertenece a otros, utilizando transportistas de alquiler para proporcionar el transporte real del camión, y también realiza o proporciona el ensamblaje, consolidación, carga fraccionada y distribución de envíos y asume la responsabilidad del transporte desde el lugar de recepción hasta el destino.